Si tienes un taller mecánico o de chapa y pintura y has oído que Verifactu “ya es obligatorio”, para un momento: el plazo se aplazó un año. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE de 3 de diciembre), movió la obligación a 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados. Todo 2026 es periodo voluntario.
Eso no quiere decir que puedas olvidarte. Quiere decir que tienes margen para hacerlo bien en vez de a la carrera. Vamos al grano: qué es, qué cambia en el taller, qué multas hay y cómo llegar a la fecha sin sustos.
Qué es Verifactu
Verifactu es el nombre coloquial del nuevo sistema de registro de facturación inalterable con envío a la Agencia Tributaria (Real Decreto 1007/2023, desarrollado por la Orden HAC/1177/2024).
Cuando emites una factura desde tu software de gestión:
- Se genera un registro de facturación que se firma y se encadena con una huella (hash) al registro anterior, de modo que alterar uno rompe la cadena entera.
- Ese registro o bien se remite a la AEAT en el momento de la emisión, o bien se conserva en un sistema que garantice su inalterabilidad y esté disponible para la Administración.
- La factura sale con un código QR de cotejo que permite verificarla contra la sede electrónica de la AEAT.
Sin ese registro, la factura no cumple, por muy bien hecha que esté en el resto.
Las dos modalidades, y cuál conviene a un taller
El reglamento admite dos formas de cumplir:
Modalidad Verifactu (remisión). Cada registro se envía a la AEAT en el momento. A cambio de esa transparencia, los requisitos de conservación e integridad que recaen sobre ti son menores: la Administración ya tiene el registro.
Modalidad no Verifactu (registro local). No se remite nada, pero entonces el sistema debe garantizar por sí mismo la inalterabilidad, la trazabilidad y la conservación de todos los registros, con requisitos técnicos más exigentes —incluida la firma electrónica de cada registro— y disponibilidad ante un requerimiento.
Para un taller pequeño o mediano, la primera es casi siempre la opción sensata: menos carga sobre ti y menos que demostrar si algún día te preguntan. La segunda tiene sentido cuando hay una razón concreta para no remitir en tiempo real.
Qué cambia en el día a día del taller
Si hasta ahora facturabas con Excel, con Word o con un programa de hace diez años, cambian cuatro cosas de golpe:
- La hoja de cálculo deja de servir. No porque esté prohibida como herramienta, sino porque no genera registro encadenado ni QR.
- El número de factura deja de ser tuyo. Lo asigna el sistema, correlativo dentro de su serie, y no se puede saltar ni reutilizar.
- Una factura emitida no se modifica. Si hay un error, se emite una rectificativa que la referencia y explica la causa. Lo vemos con detalle en los siete errores de facturación en talleres.
- La visibilidad deja de ser trimestral. En modalidad Verifactu, la AEAT ve la factura cuando la emites, no cuando presentas el modelo.
Y si ya facturas con un software actual, lo que tiene que estar es adaptado al Reglamento. Aquí no hubo prórroga para nadie: los fabricantes de software estaban obligados a ofrecer producto adaptado desde el 29 de julio de 2025. Si a estas alturas tu proveedor todavía te dice “estamos en ello”, va con más de un año de retraso sobre su propio plazo, no sobre el tuyo.
Plazos clave
| Fecha | Quién | Qué |
|---|---|---|
| 29 julio 2025 | Fabricantes de software | Producto adaptado disponible — plazo ya vencido |
| Durante 2026 | Todos | Periodo voluntario: puedes usarlo ya, no te obligan |
| 1 enero 2027 | Sociedades (S.L., S.A., cooperativas) | Obligatorio |
| 1 julio 2027 | Autónomos y resto de obligados | Obligatorio |
Si tu taller es una S.L. o S.L.U. —lo habitual en cuanto hay más de un socio—, tu fecha es enero de 2027. Si facturas como autónomo, julio de 2027.
Multas
- Emitir facturas con un sistema que no cumple el Reglamento: hasta 50.000 € por ejercicio.
- Producir o comercializar software no adaptado: hasta 150.000 € por ejercicio al fabricante. No te sanciona a ti, pero acaba en el precio que pagas.
- Manipular o falsificar registros de facturación: infracción grave, con su propia sanción.
Lo que de verdad cuesta llegar: los datos
A las empresas que fueron con prisa en obligaciones parecidas no las frenó el software: las frenaron sus propios datos. Y en un taller hay tres focos concretos.
El fichero de clientes. NIF mal escritos, duplicados con dos versiones del mismo nombre, particulares sin dirección completa. Una factura Verifactu no se corrige a posteriori, así que un NIF mal escrito se arrastra hasta la rectificativa.
Los conceptos. Si cada uno escribe la operación a mano, ninguna factura se parece a la siguiente y el desglose depende de quién estuviera en el mostrador ese día. Conviene tener las operaciones habituales de chapa y pintura codificadas antes de que empiece a contar el reloj.
El camino de la orden a la factura. Es el punto que más falla y el menos vistoso: si el NIF, las horas o el material entran mal en la orden de reparación, salen mal en la factura. Cuando la orden está bien, la factura se emite prácticamente sola.
Cómo aprovechar el periodo voluntario
- Pregunta a tu proveedor por escrito: “¿estáis adaptados al Reglamento y desde qué versión?”. Pide la versión exacta, no una respuesta genérica.
- Emite facturas de prueba y mira el PDF. Si no lleva código QR de cotejo, no estás listo, y ahora tienes tiempo de exigirlo sin la pistola en la sien.
- Limpia clientes y conceptos. Un año da de sobra; una semana, no.
- Asegura el flujo orden → factura, que es donde se originan casi todos los errores formales.
- Forma a quien pulsa “Emitir”. Con Verifactu, ese botón deja de tener vuelta atrás: sólo cabe rectificativa.
- Rueda unos meses en voluntario. Llegar a enero de 2027 con medio año de facturas reales emitidas así es una situación completamente distinta a estrenarse el día que te obligan.
Preguntas que nos hacen a menudo
¿Y las facturas a compañías de seguros? Igual que el resto: son facturas emitidas por ti y entran en el mismo régimen. Lo que no cambia es el circuito previo con la compañía —autorización, peritación, baremo—, que sigue su camino.
¿Puedo seguir haciendo facturas simplificadas? Sí, dentro de sus límites de importe, pero también generan registro de facturación. Y recuerda que no permiten al destinatario deducirse el IVA.
¿Necesito certificado digital? Para la modalidad con remisión a la AEAT, sí: el sistema firma y envía en tu nombre.
¿Me obliga esto a estar en la nube? No. Obliga a que el registro sea inalterable y esté disponible. La nube simplemente hace que la conservación no dependa de un disco duro del taller.
Qué preguntarle a tu proveedor actual, hoy
Si ya usas un programa de facturación, la conversación cabe en cinco minutos y conviene tenerla ahora, no en otoño de 2026 cuando llamen todos a la vez:
- ¿Estará adaptado, y en qué versión y fecha? Con una respuesta concreta, no “sí, claro”.
- ¿Entra en el precio o es una actualización aparte? Es la sorpresa más común.
- ¿Trabajaréis en modo Verifactu (remisión a la AEAT) o en modo no verificable? Cambia lo que tienes que conservar y demostrar tú.
- ¿Emitiréis la declaración responsable que la norma exige al fabricante del software?
- ¿Qué pasa con las facturas ya emitidas? No hay que reconvertirlas, pero conviene saber cómo conviven en el mismo listado.
Si tu programa es una hoja de cálculo o una plantilla de documento, la respuesta ya la tienes: no hay adaptación posible, porque nada impide editar una factura emitida. Ahí el cambio no es de versión, es de herramienta, y ese sí necesita margen.
Verifactu en Pintevo
A estas alturas todos los programas de taller anuncian que cumplen Verifactu, así que el anuncio ya no dice nada. Lo que importa es de dónde sale la factura. En Pintevo, la facturación Verifactu para talleres sale de la propia orden de reparación, no de una pantalla aparte:
- Numeración correlativa por series, asignada por el sistema.
- Huella encadenada y firma con tu certificado, que subes una vez desde la configuración.
- Código QR de cotejo impreso en el PDF, escaneable contra la sede de la AEAT.
- Remisión de los registros a la AEAT, con el estado de cada uno a la vista y la posibilidad de reenviar el que quede pendiente.
- Entorno de pruebas antes de activar el real, para que las primeras facturas no sean un salto al vacío.
- Líneas, horas imputadas y material que salen del trabajo real, sin volver a teclearlos.
Puedes empezar a facturar así durante el periodo voluntario de 2026 y llegar a enero de 2027 con un año de rodaje. Si quieres verlo, te enseñamos cómo funciona en 15 minutos.
Resumen
- Verifactu es un registro de facturación inalterable, encadenado, con QR y —en su modalidad principal— remisión a la AEAT.
- Se aplazó un año (RD-ley 15/2025): sociedades enero de 2027, autónomos julio de 2027. 2026 es voluntario.
- Los fabricantes de software sí tenían plazo, y venció en julio de 2025. Pregunta la versión exacta.
- Las multas son reales: hasta 50.000 € por ejercicio al emisor.
- Lo que cuesta no es instalar el programa: es limpiar clientes y conceptos y ordenar el paso de la orden a la factura.
- Pregunta a tu proveedor versión, fecha, precio, modalidad y declaración responsable. Si facturas con una hoja de cálculo, no hay adaptación: hay cambio de herramienta.
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